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21/03/2023

Regulaciones del Kickboxing en Chile.

El kickboxing es un deporte de combate que puede practicarse a nivel competitivo o recreativo. En éste se entremezclan técnicas de otros deportes como el boxeo con algunas artes marciales, como el karate y el taekwondo. La Asociación Mundial de Organizaciones de Kickboxing (WAKO) es el organismo rector a nivel mundial de todos los estilos de kickboxing y sus objetivos, entre otros, son promover y popularizar este deporte, desarrollar servicios e instalaciones específicas para sus afiliados otorgando asistencia, formación y apoyo, además de elaborar reglamentos y velar por su cumplimiento, aplicación y ejecución entre sus miembros. El siguiente documento da cuenta de las modalidades de kickboxing, junto con mencionar las entidades regentes de este deporte a nivel nacional e internacional y sus funciones, para luego responder el requerimiento central relacionado con la regulación legal aplicable al kickboxing en Chile. Esta es la Ley N°18.356 de 1984 que Establece normas sobre control de las artes marciales y deroga la ley N°18.039 y, su reglamento respectivo, el Decreto 42 del Ministerio de Defensa Nacional, por el que se Aprueba el Reglamento Complementario de la Ley N°18.356, que Establece el Control de las Artes Marciales (1985). De acuerdo con el Decreto 42, son parte del concepto de artes marciales el Sikaran, Songahm, Bando, Bansahi, Full Contact y Kick Boxing, entre otros. Se exceptúan del control establecido por la norma el box, esgrima, judo, lucha, karate, taekwondo y kendo. Las autoridades fiscalizadoras son la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), las Comandancias de Guarnición de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, que son responsables de controlar a las personas que realizan artes marciales y el uso de los implementos y materiales destinados a ellas, como también de los recintos o locales en que éstas se desarrollen, comprobando la vigencia de los permisos. A las Comandancias de Guarnición de las FFAA corresponde el otorgamiento de los permisos; junto con informar a la DGMN sobre las autorizaciones otorgadas y de la fiscalización y el control dentro de su territorio jurisdiccional

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20/12/2022

Seguridad en los estadios Normativa en Argentina, España, México e Inglaterra.

La tragedia ocurrida en 1985 en el Estadio de Heysel, Bélgica, donde murieron 39 hinchas de la Juventus tras enfrentamientos con seguidores del Liverpool, puso de manifiesto la necesidad de adoptar medidas urgentes para aumentar la seguridad en los acontecimientos deportivos. La respuesta a esa inquietud fue el Convenio Europeo sobre la Violencia y el Mal Comportamiento de los Espectadores en los Espectáculos Deportivos, en particular, en los partidos de fútbol, que exige a los Estados adoptar medidas prácticas para prevenir y controlar la violencia y el mal comportamiento de los espectadores. Con el tiempo y, en virtud de la ocurrencia de hechos similares, aunque con consecuencias menos graves, diversos países han adoptado legislaciones en relación a la violencia en eventos deportivos. Es así como en Argentina, junto con crearse una Dirección Nacional de Seguridad en Eventos Deportivos, que tiene a su cargo el diseño e instrumentación de medidas, políticas, estrategias y acciones destinadas a prevenir la violencia y el delito en eventos deportivos, se aprueba la Ley 24. 192, que establece el Régimen Penal y Contravencional para la Prevención y Represión de la Violencia en los Espectáculos Deportivos. En España, la ley se centra en delitos relacionados con la violencia racial y los ataques contra las personas, penalizándose una serie de conductas, que sanciona también a los asistentes o personas organizadoras de competiciones y espectáculos deportivos. En Reino Unido y, particularmente, Inglaterra, los desarrollos normativos vinculados a la violencia en el deporte, se iniciaron con la Safety of Sports Grounds Act, de 1975, que sentó las bases de la actual legislación. Si bien la Football Spectators Act de 1985, tiene una importancia fundamental al buscar controlar la admisión de espectadores a determinados partidos de fútbol en Inglaterra y Gales, mediante un sistema nacional de afiliación o membresías y licencias de admisión. También establece la emisión por parte de los tribunales y la ejecución de órdenes que impongan restricciones a las personas condenadas por determinados delitos En México, por su parte, destaca la creación de la Comisión Especial Contra la Violencia en el Deporte, cuyas atribuciones abarcan desde promover e impulsar acciones de prevención contra la violencia y la cultura de paz en el deporte; además de fomentar y coordinar campañas de sensibilización contra la violencia.

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29/11/2022

Convención del Consejo de Europa sobre un enfoque de la protección, la seguridad y el servicio en los partidos de fútbol y otros eventos deportivos (Convención de Saint-Denis, 3 de julio de 2016).

Presentación acerca de la Convención de Saint Denis, sobre un enfoque de la protección, la seguridad y el servicio en los partidos de fútbol y otros eventos deportivos.

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26/10/2022

Modelos de tratamiento no punitivo de las barras de fútbol: Experiencia nacional e internacional.

El presente informe da cuenta de algunas soluciones no punitivas, que se han sugerido a nivel nacional e internacional para regular la situación de las barras en el fútbol. En el plano local, el Departamento “Estadio Seguro” ha impulsado el llamado “Plan de Formación en Ciudadanía Deportiva”, aplicable a eventos de fútbol profesional y a organizaciones barriales de hinchas, con el fin de incentivar el respeto mutuo, la tolerancia, la resolución pacífica de conflictos en contextos deportivos y el juego limpio, además de la valoración de la diversidad sociocultural. En el concierto mundial, en tanto, la Convención Europea sobre la Violencia en los Espectadores, instancia inserta en el seno del Consejo de Europa, ha buscado responder de manera multifactorial al fenómeno de la violencia en los recintos deportivos, a partir de respuestas como la formación de “ambientes de espectáculo” y la implementación de “Embajadas del Aficionado”, especialmente pensadas para las barras del equipo visitante. En cuanto al paradigma español, el artículo 16 de la Ley 19, contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, faculta a la Administración General del Estado para fomentar acciones de hermanamiento entre deportistas o barras rivales, en el ánimo de conformar un clima positivo antes de cada partido, ya sea mediante actividades comunes o a partir del intercambio de emblemas antes del arranque de un encuentro. Por último, es posible relevar la labor de la iniciativa gubernamental británica “Supporters Direct”, que busca que los aficionados del fútbol sean partícipes de la propiedad de los clubes, a través de medidas como la creación de diferentes clases de acciones para los hinchas de cada entidad y la inclusión de representantes del hincha en el directorio de los clubes, con derecho a veto sobre temas claves, como por ejemplo la venta de un recinto deportivo

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06/10/2022

Convenciones internacionales y legislaciones nacionales que aseguran el derecho al deporte de los atletas con discapacidad.

La discapacidad plantea problemas de derechos humanos porque las personas afectadas ven conculcados sus derechos de múltiples maneras, ya que puede impedir la participación plena y efectiva en la sociedad de las personas que la padecen, en igualdad de condiciones con los demás individuos. La integración de las personas con discapacidad a la sociedad, se habría dado como consecuencia de la rehabilitación a nivel mundial, luego del final de la segunda guerra en 1945. Varias de las actividades alternativas que se observan hoy en materia de rehabilitación de las personas con discapacidad, fueron iniciadas por militares y médicos tratantes, los cuales intentaron buscar medios para la rehabilitación de los heridos. Un ejemplo es la adaptación del tenis en silla de ruedas, la cual fue iniciada el año 1946 por el doctor Ludwing Guttman, quien luego desarrolló otras disciplinas como el tiro con arco, el básquetbol sobre silla y el atletismo. En este contexto, el documento da cuenta de convenciones internacionales sobre discapacidad y deporte y cuyos objetivos, son garantizar los derechos de las personas en esta condición y, a su vez, asegurar sus derechos en lo que a actividad física, deporte y/o recreación se refiere. Además, en cuanto a este respecto, también se toma en consideración la normativa y/o políticas existentes en Chile y otros países, a saber Brasil, Colombia, España y Francia, a fin de asegurar el derecho al deporte de las personas en situación de discapacidad, sea que éste, esté consignado en la legislación, como una política estatal, o de otros organismos.

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13/09/2022

Relaciones laborales de los deportistas profesionales en Chile y en la legislación internacional.

El deportista profesional, es un atleta que recibe una remuneración por su actuación en campeonatos internacionales o eventos relacionados, incluido el ser miembro de un equipo de entrenamiento de un organismo deportivo. La consideración del deportista profesional ha sido incluida dentro de regímenes jurídicos de varios países y el siguiente informe, a requerimiento parlamentario, tiene por objeto dar cuenta del régimen de las relaciones laborales de deportistas profesionales en Chile y en otros países, a saber España, Suecia y Francia, incluyendo aspectos que van desde los contratos de trabajo, la duración de los mismos, las retribuciones y las cesiones de jugadores, según el caso.

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14/07/2022

Políticas y proyectos de calistenia a nivel internacional.

La calistenia, es un sistema de entrenamiento físico centrado en el desarrollo de la fuerza del propio cuerpo, a través de rutinas con repeticiones de ejercicios de dificultad progresiva, que se puede practicar en el hogar o al aire libre, por ejemplo, usando el equipamiento público de zonas deportivas ubicadas en la calle. En el siguiente documento, se presentan algunas experiencias internacionales de Municipios, Departamentos y Gobiernos centrales, en Canadá, España, Singapur, Irlanda y Uruguay, que han impulsado la construcción de parques de calistenia, como parte de una política pública cuyo objetivo principal, es ayudar a mejorar el estado físico y salud general de sus habitantes.

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23/06/2022

Atletas mujeres transgénero y competencias deportivas: Políticas establecidas en organismos deportivos internacionales y legislación aplicable en Australia y Estados Unidos.

La declaración del Comité Olímpico Internacional, COI, en su Reunión de Consenso de 2015 sobre Reasignación de Sexo e Hiperandrogenismo, establecía como requisito que un individuo transgénero que deseara competir en la categoría femenina, tuviese un nivel total de testosterona en suero inferior a 10 nanomoles/L durante al menos 12 meses, antes de su primera competición en esa categoría. Hoy, el COI, tiene una nueva postura según la cual la participación de los deportistas transexuales en las distintas competiciones, depende de cada disciplina o federación internacional. No obstante, los criterios de las federaciones deportivas pueden ser distintos a los establecidos en una legislación. En este contexto, el presente documento, intenta determinar si independientemente de lo señalado por el Comité Olímpico Internacional, las mujeres transgénero pueden participar en competencias deportivas, razón por la cual se revisan regulaciones de organismos deportivos internacionales y también de dos países que cuentan con normativa sobre la materia.

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07/06/2022

Ley de violencia en los Estadios 19327: Aspectos principales y evaluación de la norma.

El 31 de agosto de 1994 y para enfrentar los graves hechos de violencia en los espectáculos de fútbol profesional chileno, el gobierno del Presidente Eduardo Frei, publicó la Ley Nº 19.327 sobre “Normas para prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional”, luego denominada Ley de Derechos y Deberes en los Espectáculos de Fútbol Profesional. El presente documento ofrece una evaluación de la ley N°19, centrado en un análisis de la norma, considerando las opiniones de entendidos en la materia.

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19/04/2022

Modificaciones a la Ley N° 19.327 y síntesis de las mociones refundidas que modifican la misma ley.

Pese a que, desde el año 1994, existen normas legales para regular la organización de los espectáculos de fútbol profesional,de manera de prevenir y sancionar los hechos de violenciae incrementar la seguridad de las personas, en los recintos deportivos, estos hechos parecen estar lejos de erradicarse. En respuesta a este problema, el legislador al menos en cuatro oportunidades ha perfeccionado las normas legales que regulan tales espectáculos. En particular, ha precisado de forma más rigurosa los derechos y deberes de los asistentes, los requisitos de los recintos deportivos en que estos se desarrollan, y las obligaciones de las organizaciones deportivas de fútbol profesional, de los organizadores de dichos espectáculos y de los administradores de los recintos correspondientes. Asimismo, ha dictado medidas para mejorar la aplicación de las leyes.

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